Con los datos de apertura del contenedor en mano, el especialista de entrega en puerto de destino comprueba primero la integridad y después la coherencia del contenido. El criterio de suspensión debe atarse al número de contenedor y precinto, al testigo y a las imágenes de la apertura, para que el personal en planta sepa cuándo detener el paso siguiente. Si en la práctica no se registró el estado del precinto antes de abrir, hay que listar por separado las unidades afectadas, los hitos del contrato y los posibles costos. Los requisitos de cumplimiento del estado del precinto del contenedor y de la apertura en el país de destino se rigen por las normas aduaneras y de la autoridad local, el resultado de la revisión del organismo autorizado y lo pactado en el contrato. Puede cotejar este punto con la guía de verificación para compras del concesionario y así evitar vacíos entre etapas. El especialista firma el acta de apertura con testigos.